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Requisitos de presentación

REGISTRO DE RESERVAS DE DERECHOS
(PERSONAJES)

1. Nombre, nacionalidad, domicilio y RFC, si lo tuviera, del solicitante de la reserva.

2. Una imagen en color de alta resolución representativa del personaje que será objeto de la reserva.

3. Nombre del personaje.

4. Porcentaje de titularidad de cada uno de los solicitantes, si fueran mas de uno.

5. Descripción de las características físicas del personaje.

6. Descripción de las características psicológicas del personaje

7. Fecha y lugar de divulgación del personaje, si estuviera disponible.

8. Copia certificada del Acta Constitutiva del solicitante, si fuera una persona moral.

Este documento es devuelto al solicitante el mismo día de presentación de la solicitud de registro

9. Carta poder firmada.

Es necesario anexar una copia de la identificación del firmante y los testigos que intervengan

Si el solicitante fuera una persona física mexicana o extranjera, el poder sólo requiere firma del interesado y de los testigos.

Si el solicitante fuera una persona moral mexicana, el poder no exige notarización, pero será necesario acompañar una copia certificada de la escritura pública donde consten las facultades para extender poderes del otorgante, si es que constan en un instrumento diferente al acta constitutiva (dicho documento se devuelve al solicitante el mismo día de presentación de la solicitud).

Si el solicitante es una persona moral extranjera, el poder requerirá notarización y Apostille o legalización ante el consulado mexicano más cercano, en el caso de que el notario sea de un país que no forme parte de la Convención de la Haya.

REGISTRO DE RESERVAS DE DERECHOS
(TÍTULOS DE PUBLICACIONES Y EMISIONES PERIÓDICAS)

1. Nombre, nacionalidad, domicilio y RFC, si lo tuviera, del solicitante de la reserva.

2. Una imagen en color de alta resolución del título de la publicación o emisión, como se va a usar.

3. Porcentaje de titularidad de cada uno de los solicitantes, si fueran mas de uno.

4. Fecha y lugar de inicio de uso del título materia de la reserva, si estuviera disponible.

5. Copia certificada del Acta Constitutiva del solicitante, si fuera una persona moral.

Este documento es devuelto al solicitante el mismo día de presentación de la solicitud de registro

6. Carta poder firmada.

Es necesario anexar una copia de la identificación del firmante y los testigos que intervengan

Si el solicitante fuera una persona física mexicana o extranjera, el poder sólo requiere firma del interesado y de los testigos.

Si el solicitante fuera una persona moral mexicana, el poder no exige notarización, pero será necesario acompañar una copia certificada de la escritura pública donde consten las facultades para extender poderes del otorgante, si es que constan en un instrumento diferente al acta constitutiva (dicho documento se devuelve al solicitante el mismo día de presentación de la solicitud).

Si el solicitante es una persona moral extranjera, el poder requerirá notarización y Apostille o legalización ante el consulado mexicano más cercano, en el caso de que el notario sea de un país que no forme parte de la Convención de la Haya.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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